Departamento de Corrección y organización comunitaria avalan medida para prohibir el discrimen laboral por antecedentes penales

Se trata del sustitutivo a los Proyectos del Senado 144 y 147

La secretaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), Ana I. Escobar Pabón, avaló hoy en una vista pública la legislación sustitutiva a los Proyectos de Senado 144 y 147, que persiguen establecer como política pública en Puerto Rico la prohibición del discrimen, por parte del patrono, contra los empleados y candidatos a empleo con antecedentes penales. 

La pieza legislativa también establece límites para la consideración de los historiales delictivos por parte de los patronos. 

“No hay duda de que las exclusiones que crea el discrimen que sufren las personas por razón de sus antecedentes penales, a pesar de ya haber cumplido su pena, obstaculizan cualquier oportunidad de progreso y rehabilitación. Precisamente, esta propuesta legislativa busca erradicar dicha problemática, y crea una protección clara del derecho de los ciudadanos a rehabilitarse”, explicó la ejecutiva del DCR. 

Escobar Pabón resaltó que la eliminación de requerir un certificado de antecedentes penales ayudaría a las personas que cumplieron una pena a competir en el mercado laboral. Aseguró que actualmente, la población de exconvictos se encuentra en una situación compleja y de desventaja frente a los demás. “Se mantiene en sus hombros el peso de la condena que ya se extinguió”. 

Al mismo tiempo, la directora ejecutiva de la organización comunitaria Taller Salud, Tania Rosario Méndez, destacó que las medidas, propuestas por los senadores Joanne Rodríguez Veve, José A. Vargas Vidot y Henry Neumann Zayas, “es el primer paso para crear un marco jurídico que permita el cumplimiento de los derechos humanos y constitucionales”. 

“Estas legislaciones, también representan para los patronos la oportunidad de reformar su esquema de contratación actual basándose en sus necesidades, mejores prácticas dentro del área de recursos humanos, y protección de sus intereses”, explicó Rosario Méndez en ponencia escrita. 

“La eliminación del récord delictivo de las personas que resultaron culpables de un delito y cumplieron su condena es esencial para la reinserción social efectiva de las personas y sus procesos de rehabilitación, al igual que les protege del discrimen que han sufrido históricamente”, destacó la directora de Iniciativas de Paz y Desarrollo de Taller Salud, Zinnia Alejandro. 

De otro lado, en la vista participó el exconvicto Juan Rolón Rivera, quien expresó los retos y dificultades que ha vivido desde 1989 cuando fue sentenciado por un Tribunal para cumplir una condena de ocho años. 

Rolón Rivera lleva trabajando con una compañía de seguridad desde principios de marzo del 2020. Sin embargo, relató la complejidad que ha tenido que enfrentar para conseguir un empleo. 

‘’Al no tener un certificado de buena conducta, siempre se me ha penalizado. Aún cumpliendo con la sentencia, me siguen persiguiendo los antecedentes penales y, de esa forma, lo que tengo es un beneficio de seguro social limitado al no poder aportar por no tener un trabajo fijo y segundo, problemas con la busca de las ayudas que provee el Gobierno’’, dijo Rolón Rivera, quien por años ha estado realizando caminatas desde Morovis hacia el Capitolio para lograr conseguir reuniones con legisladores. 

Departamento de Seguridad Pública y Asociación de Bancos presentan objeciones sobre medida

Por otro lado, la representante legal del Departamento de Seguridad Pública (DSP), Estrella Mar Vega Soto, presentó una ponencia que esbozó varias preocupaciones sobre posibles efectos de la medida en la seguridad pública. 

“No podemos avalar la eliminación automática del historial delictivo de una persona. Esto, porque reiteramos, que nuestro ordenamiento jurídico debe sopesar dos derechos constitucionales de una manera armoniosa; rehabilitación y el de la seguridad pública. En el fino balance de intereses que es necesario para la correcta administración de una entidad de seguridad, entendemos que el estado de derecho vigente opera ya con efectividad y razonabilidad y que mover la balanza para mayores concesiones pudiera convertirse en un riesgo demasiado grande para nuestra sociedad’’, agregó la funcionaria. 

“El Estado debe armonizar el derecho constitucional a la rehabilitación unido a la autosuficiencia, sin excluir el igual importante ámbito de seguridad pública, en cuanto al tiempo razonable que una persona se le debe exigir para demostrar que no volverá a una conducta criminal. Bajo esa premisa, entendemos que, ya nuestro ordenamiento jurídico provee salvaguardas legales para la reinserción de la persona con antecedentes penales’’, aseguró Vega Soto. 

Al mismo tiempo, los representantes Domingo J. Torres García y Denis Márquez Lebrón, expresaron descontento con la interpretación del DSP sobre la medida. 

“Les solicitamos que vuelvan a someter otra ponencia a la Comisión, ya que no va acorde al decretase del proyecto. De igual forma, lo que exponen en la ponencia actual demuestra la poca comunicación que sigue existiendo entre agencias, en este caso, Corrección. Al final del día, todos debemos perseguir el mismo objetivo, brindarles una segunda oportunidad a todas estas personas en el mundo laboral’’, determinó el presidente de la Comisión, Torres García. 

Por su parte, la presidenta de la Asociación de Bancos de Puerto Rico, Zoimé Álvarez Rubio, expuso que una de las razones principales para su objeción con la legislación fue sobre la sección 19 del estatuto, que permitiría la eliminación automática en el certificado de antecedentes penales de convicciones por delitos menos graves, transcurridos seis meses y delitos graves, transcurridos cinco años, con algunas excepciones. “Esto haría aún más complicado para nuestros bancos analizar la capacidad moral de una persona para un empleo según se le es requerido por las leyes y reglamentos federales’’. 

A su vez, Álvarez Rubio subrayó que el objetivo que persigue ya es atendido por legislación y reglamentación federal. “Reiteramos que la aprobación del Proyecto tendría el efecto de establecer inconsistencias entre las disposiciones estatutarias y reglamentarias existentes en la esfera federal aplicables a nuestros bancos. Lo propuesto en la legislación resulta inconsistente con leyes y reglamentos federales aplicables a nuestros bancos’’. 

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