Senado aprueba nuevo Programa de Retiro Incentivado

Senado

El Senado aprobó hoy un paquete de medidas relacionadas con los Sistemas de Retiro incluyendo el Proyecto del Senado 1616 de la Mayoría Novoprogresista para crear la “Ley del Programa de Retiro Incentivado y de Justicia para Nuestros Servidores Públicos” y el cual fue aprobado por unanimidad con un voto abstenido de la senadora Migdalia Padilla ya que es jubilada.

Dicha pieza legislativa es a los fines de establecer un programa mediante el cual empleados elegibles del gobierno puedan voluntariamente separarse de forma incentivada de su empleo antes de la edad de retiro. A su vez, dispone los requisitos de años de servicio cotizados necesarios para cualificar para este programa, regula el tiempo que tiene el empleado para ejercer su decisión de acogerse al Programa, dispone los incentivos especiales que se otorgarán a los empleados quienes se acojan al mismo y dispone los requisitos necesarios para la implementación de este.

“Todo gobierno responsable y empático debe asegurar el bienestar de nuestros servidores públicos. Este Senado garantiza ese retiro digno que tanto han reclamado los servidores públicos. Esta medida ha sufrido grandes enmiendas atendiendo los reclamos de esos servidores públicos”, indicó el presidente de la Comisión de Gobierno, que atendió la medida, Carlos Rodríguez Mateo.

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Así mismo el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz catalogó el tema como “sensitivo e intenso” y refutó expresiones del portavoz de la delegación de la Minoría del Partido Popular Democrático (PPD), Eduardo Bhatia Gautier quien alegó que no había que echarle culpas a nadie por la debacle del Sistema de Retiro.

“Escuché aquí que compañeros del PPD decían que no había que echar culpas. Eso siempre lo dice el que tiene la culpa. El Sistema de Retiro de Puerto Rico, las únicas ocasiones que ha sido atendido para defender a los jubilados ha sido bajo las administraciones del Partido Nuevo Progresista, comenzando con el gobernador Pedro Rosselló con el Plan 2000, el cual también creó una cuenta de ahorro para cada participante. Y con la venta de la telefónica el Dr. Rosselló, desde mi punto de vista el mejor gobernador, inyectó millones y millones de dólares a un plan que ya venia lastimándose”, recordó el líder senatorial.

Acto seguido Rivera Schatz repasó las ejecutorias de las administraciones del PPD. “Luego del Dr. Rosselló, el pueblo eligió a Sila María Calderón y el pueblo recordara lo qué pasó bajo Sila Calderón y Aníbal Acevedo Vilá con la notoria participación de Juan Cancel Alegría (exadministrador de Retiro). Luego bajo (Luis) Fortuño se comenzó a inyectar legislación para darle aire al sistema. La gestión del Partido que yo represento aquí, ha sido proteger al trabajador”, insistió.

“Hay que hacer los contrastes porque hay un discurso para unos momentos y un discurso, en otros. Todos quisiéramos que los jubilados tuvieran el mejor pago, los mejores beneficios luego de haber aportado tanto al servicio público en Puerto Rico y que puedan disfrutar con una pensión adecuada y a la que tienen derecho”, concluyó Rivera Schatz.

Según propuesto, las agencias podrán establecer un plan para el retiro escalonado de los participantes de esta Ley, con el fin de que no se afecten los servicios que prestan a la ciudadanía. A esos fines, el plan escalonado no deberá requerir que el empleado participante se retire después del 31 de diciembre de 2022.

Por su parte, la senadora Migdalia Padilla, quien también ayudó en la elaboración de esta pieza legislativa, hizo hincapié en que este proyecto hace justicia a lo que es la Ley 3. “La mayoría de los Empleados Públicos hacen la diferencia de quizás una entidad privada. Con todo lo que nosotros podemos hacer los que se fueron no tienen ahora esa aportación de los 100 dólares del Plan Médico. Cuando hay esta iniciativa no podemos darle la espalda a estos excelentes trabajadores”, acotó.

Para ser elegible para el Programa de Retiro Incentivado para participantes de la Ley 447 de 1951, el participante deberá cumplir entre otros requisitos, con lo siguiente: ser empleado de carrera en el servicio público; empleado en el servicio de confianza con derecho a reinstalación en un puesto de carrera; un empleado de confianza, que aunque tenga derecho a la reinstalación, cumpla con los demás requisitos de este articulo y este aportando al sistema, al momento de la aprobación de esta ley; o un empleado con nombramiento a término de conformidad a una ley.

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“Nuestra delegación le va a votar a favor a esta medida porque todo intento merece una oportunidad. Aquí hace falta la unidad de todos los bandos cuando se trata de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos”, expreso el senador popular”, aseguró mientras José Nadal Power.

Según los proponentes de este Proyecto, el Programa de Retiro Incentivado se crea para ofrecer una oportunidad de retiro temprano y hacerle justicia a los empleados del gobierno que ingresaron al Sistema bajo la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, antes del 1 de abril de 1990, o que habiendo comenzado a trabajar para el gobierno como empleado transitorio o irregular antes de esa fecha, no pudieron cotizar al Sistema por su estatus laboral y con posterioridad al 1 de abril de 1990 fueron nombrados en el servicio de carrera más solicitaron pagar esos servicios anteriores en o antes del 30 de junio de 2013 para cotizar años de servicio retroactivamente a una fecha anterior al 1 de abril de 1990 o no hubiesen elegido participar del programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro y tengan un mínimo de 20 años de servicios cotizados al Sistema al 30 de junio de 2017.

Igualmente, el Programa creado por esta Ley, ofrece una oportunidad de retiro temprano a los empleados de las agencias elegibles que ingresaron al Sistema bajo la Ley Núm. 1 de 16 de febrero de 1990, entre el 1 de abril de 1990 y el 31 de diciembre de 1999, no hubiesen elegido participar del Programa de Cuentas de Ahorro para el Retiro y tengan un mínimo de 15 años de servicio cotizados al Sistema al 30 de junio de 2017.

Según esta propuesta, los empleados cobijados bajo la Ley 447-1951 que sean elegibles bajo el Programa de Retiro Incentivado recibirán un beneficio de jubilación que consiste en el 50% de su último salario.

“Es importante destacar que bajo el sistema “pay as you go” ahora es el patrono el que paga tanto la nómina de sus empleados como las pensiones de sus pensionados. La futura pensión de los empleados será 50% o menos del 100% del salario, más los beneficios marginales que el patrono paga al empleado actual. Por lo tanto esta medida es viable y loable”, destacaron los autores de la misma.

Según el informe positivo de la Resolución Conjunta del Senado 1287, aprobada el sábado pasado, a través de la cual las Comisiones de Hacienda y Gobierno, investigaron la viabilidad de un programa de retiro incentivado (previo a la radicación del Proyecto del Senado 1616), la Administración de Sistemas de Retiro informó que bajo la Ley 447 hay 9,465 participantes activos que representan una nómina de $32,697,692 más beneficios marginales .

Mientras, actualmente existen 31,019 participantes activos de la Ley 1 que representan una nómina anual aproximada de más de mil millones de dólares anuales sin incluir los beneficios marginales.

Otra medida sobre Retiro, que fue aprobada por unanimidad, es el Proyecto del Senado 981, radicado por el senador Luis Berdiel Rivera que enmienda la Ley del Sistema de Retiro a los fines de incluir como “servidores públicos de alto riesgo” a los que pertenecen al Negociado de la Policía de Puerto Rico, el Cuerpo de los Policías Municipales, el Negociado del Cuerpo de Bomberos y al Cuerpo de Bomberos Municipales. También, esta disposición incluye al Cuerpo de los Oficiales de Custodia, los técnicos de emergencias médicas del Cuerpo de Emergencias Médicas y el Cuerpo de Superintendentes de Instituciones Correccionales.

Todos estos funcionarios podrán acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado 58 años de edad y 30 de servicio.
También se aprobó el Proyecto del Senado 1618, de la autoría del presidente Rivera Schatz bajo el concepto ‘Por Petición’ que enmienda varias leyes de Retiro, incluyendo la de los Maestros y el de la Judicatura, para brindar continuidad a los esfuerzos y proyectos dirigidos a fortalecer los sistemas de retiro del País.

Esta y otras medidas fueron aprobadas durante los trabajos de la sesión Ordinaria de hoy que fueron recesados hasta el miércoles 24 de junio a la 3:00 p.m.

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