Senado aprueba medidas para atender la seguridad alimentaria y el proceso de adopción en Puerto Rico

El Senado de Puerto Rico aprobó hoy durante la Sesión Ordinaria el Proyecto del Senado 9 y la Resolución del Senado 113; el PS9 creará la “Ley de Distribución de Excedentes de Alimentos”, mientras la RS113 propone realizar una investigación sobre el funcionamiento y efectividad de los procedimientos de adopción según establecidos en la “Ley de Adopción de Puerto Rico”.

El PS9, de la autoría del presidente del Senado José Luis Dalmau Santiago, crea la “Ley de Distribución de Excedentes de Alimentos” a los fines de fomentar e incentivar el manejo eficaz de excedentes de alimentos, así como promover una mayor y mejor distribución y suplido de alimentos. También, establecerá una Comisión para la Planificación de Distribución de Excedentes de Alimentos.

“Esta Ley promoverá colaboraciones multisectoriales con el objetivo de redistribuir y reutilizar los excedentes de alimentos de supermercados, restaurantes y otros centros de venta o almacenaje de alimentos. Además, entendemos necesario integrar todos los posibles actores de interés y desarrollar incentivos dinámicos e innovadores para fomentar la participación”, reza la medida en su exposición de motivos.

Por su parte, la RS113, de la autoría de la senadora Joanne Rodríguez Veve, ordena a la Comisión de Vida y Familia del Senado realizar una investigación sobre el funcionamiento y efectividad de los procedimientos de adopción según establecidos mediante la “Ley de Adopción de Puerto Rico”.

“Hoy día los procesos de adopción, la disponibilidad de familias dispuestas a adoptar y la cantidad de niños que necesitan un hogar continúa siendo un tema prioritario en nuestro país. Según los datos de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), en el Registro Estatal Voluntario de Adopción (REVA), hay unas doscientas veintinueve (229) parejas o personas registradas, mientras que tenemos ciento sesenta y cuatro (164) menores bajo la custodia del estado que están listos para ser adoptados”, según se desprende de la exposición de motivos de la medida.

También, se aprobó el Proyecto del Senado 72, de la autoría del senador Thomas Rivera Schatz, para enmendar la “Ley General de Sociedades de Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, con el propósito de ampliar las exenciones concedidas a las cooperativas de trabajadores que hayan sido autorizadas a operar en Puerto Rico y las que estuvieron en proceso de formación en o antes del 15 de marzo de 2020, concederles una exención de las disposiciones contenidas en el Capítulo 2, del Subtitulo C de la Ley 1-2011, según enmendada conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, y del Impuesto sobre Ventas y Uso.

La medida, en su informe positivo cita que “mediante esta legislación se facilitará la creación y sobre todo la retención de empleos en el sector de Cooperativas de Trabajo Asociado las cuales han experimentado grandes retos para su subsistencia dada la naturaleza propia de sus operaciones, cónsono con las disposiciones de la Ley 239-2004, según enmendada, que establece que las cooperativas de trabajo asociado son un mecanismo ‘para proporcionar fuentes de trabajo estables y convenientes, en las que sus socios trabajadores dirigen todas las actividades de la misma con el fin de generar actividades productivas que les permitan recibir beneficios de tipo económico y social”.

Asimismo, se aprobó el Proyecto del Senado 174, de la autoría del senador, José A. Vargas Vidot, para enmendar la “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, a los fines de permitir que los jóvenes a partir de la edad de 18 años puedan ser admitidos como socios en las cooperativas tipos diversos.

“Esta legislación es consistente con una iniciativa ya aprobada por el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el P. del S. 175, el cual crea una emancipación legal especial a favor de los jóvenes y las jóvenes de 18 años para que puedan solicitar y utilizar los servicios financieros en las cooperativas de ahorro y crédito de Puerto Rico y para que puedan participar con voz y voto en las asambleas, incluyendo ser electos o designados para los cuerpos directivos”, cita la pieza legislativa en su exposición de motivos.

Igualmente, se aprobó la Resolución Conjunta del Senado 38, de la autoría de la senadora María de Lourdes Santiago Negrón, para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) preparar un calendario para la celebración de reuniones y del Comité de Programación y Ubicación (COMPU), con el fin de revisar todos los Programas Educativos Individualizados (PEI) de los estudiantes del Programa de Educación Especial.

“En el PEI se establecen las necesidades académicas y funcionales de la estudiante y cómo serán atendidas a través de los servicios que el Programa de Educación Especial ofrece, con el fin de garantizar que el estudiante reciba una educación pública, gratuita y apropiada conocida como ‘FAPE», por sus siglas en inglés. Teniendo en cuenta que un PEI preparado correctamente es esencial para el progreso académico del estudiantado del Programa de Educación Especial, corresponde ordenarle a cada Oficina Regional Educativa (ORE) que celebre reuniones de COMPU (debidamente constituidos) para la revisión de todos los PEI de los estudiantes del Programa de Educación Especial”, menciona la medida en su exposición de motivos.

“[El que se apruebe] esta medida, al menos es un gesto de la asamblea legislativa de denunciar lo que está ocurriendo en el Departamento de Educación y de exigir que se respeten los derechos de niños y niñas que representan a uno de los sectores mas vulnerables de nuestra población”, expresó la senadora en su turno sobre la medida.

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