Ocupación de Armas de Fuego a Ciudadanos que poseen Licencias de Armas Vencidas o Revocadas

Armas de fuego revocadas

En horas de la  mañana y la tarde del miércoles 21 y jueves 22 de agosto de 2019 en los pueblos de Maricao y Mayagüez.

Esta iniciativa consistió en la búsqueda en nuestro Sistema y Registros de los ciudadanos que poseen algún tipo de Licencias de Armas que se encuentren vencidas o revocadas después de 6 meses y un día, los Agentes adscritos a la División de Drogas, Narcóticos, Control del Vicio y Armas de Mayagüez, junto a los compañeros de la División de Vehículos Hurtados, el personal de los Distritos Policiacos de Maricao y Sabana Grande tuvieron a cargo de orientar a cada uno de estos ciudadanos sobre los procedimientos a seguir en estos casos.

Al momento de llevar a cabo esta iniciativa se encontraron varias irregularidades como por ejemplo: ciudadanos que habían fallecidos y los familiares no notificaron para el recogido o entrega del arma de fuego, ni algún cambio de dirección y algunas armas ya habían sido pérdidas o apropiadas ilegalmente (hurtadas) y el dueño registral de la Licencia de Armas no lo había reportado ni notificado a la Policía.

Estas dos últimas fallas pueden conllevar delitos menos grave bajo la Ley 404 (Ley de Armas del año 2000), multas o Revocación de las mismas.   

Por lo tanto se les orientó que el dueño de dicha Licencia tiene que notificar antes de 30 días cualquier cambio de dirección, además en caso de la pérdida o mediante una apropiación ilegal de un arma de fuego, este ciudadano una vez advenga en conocimiento tiene que notificar inmediatamente al cuartel donde reside o al más cercano.

Cualquier ciudadano que realice una venta de arma de fuego la misma se tiene que llevar a cabo en una Armería y en presencia de un armero debidamente certificado para que dicha transacción quede inscrita en el Registro de Armas del Negociado de la Policía de Puerto Rico, también toda persona que posea una Licencia de Tener y Poseer Armas de Fuego, no puede portar dicha arma a menos que tenga un permiso expedido por el Tribunal.

Una vez cumplido el periodo de 6 meses de vencer la Licencia de Armas el Comisionado del Negociado de la Policía de Puerto Rico, podrá ocupar dichas armas y Licencias la cual tendrá bajo custodia la Policía hasta tanto el dueño renueva la misma.

En caso de que una vez se haya vencido al año la Licencia de Armas, el dueño tiene que pasar nuevamente por el procedimiento y por todo el proceso inicialmente.

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