Aseguran que la medida carece de estudios socioeconómicos que garanticen el bienestar y beneficio de los menores
La administradora de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), Terilyn Sastre Fuente, señaló hoy, lunes, en una vista pública de la Comisión de lo Jurídico, que el Proyecto de la Cámara 1153, que persigue establecer que en ningún caso la pensión alimentaria fijada será mayor de 40 por ciento del ingreso neto del alimentante, no cuenta con alternativas científicamente probadas que garanticen el bienestar de los menores.
Aseguró que la agencia se encuentra revisando las Guías Mandatorias para Computar las Pensiones Alimentarias en Puerto Rico, con el fin de garantizar que las cantidades a pagar sean justas y adecuadas para todas las partes.
“En el análisis de la medida presentada, identificamos un fin común, establecer pensiones de manera justa, sin embargo, identificar o establecer un por ciento específico de ingreso para que el mismo sea reservado a la persona no custodia sin un análisis o estudio que compruebe que esta es la medida correcta, atenta contra nuestra misión y visión, el bienestar de nuestros niños”, señaló Sastre Fuente.
Destacó, también, que ASUME gestionó un estudio socioeconómico en conjunto con Estudios Técnicos Inc. y la Universidad de Puerto Rico. “Ciertamente el proceso de redacción de las nuevas guías ha tomado más tiempo del previsto, debido a los efectos adversos que hemos sufrido tras el paso del huracán María, los terremotos y la pandemia del COVID-19, lo cual afectó los resultados y la realidad que se plasman en nuestros estudios, los cuales son determinantes a la hora de llevar a cabo el complejo y altamente técnico proceso de redacción y revisión”.
Sin embargo, la licenciada destacó que la fecha de revisión y culminación del proceso investigativo está pautada para el 30 de junio de 2022. “Esa fecha es que termina el contrato de Estudios Técnicos con nosotros”.
Por su parte, el representante Aponte Rosario solicitó una reunión ejecutiva junto a ASUME, para evaluar los resultados preliminares de la investigación.
“Según los datos preliminares que arrojan los estudios socioeconómicos que la ASUME comisionó, la situación económica del puertorriqueño ha sufrido cambios drásticos, que nos obligan a ser sumamente cautelosos a la hora de modificar las pensiones”, indicó Sastre Fuentes.
Por otra parte, Sastre Fuentes mencionó que como parte del proceso de revisión de las Guías Mandatorias, un grupo de ciudadanos y ciudadanas se encuentra evaluando la información del estudio socioeconómico, para luego presentar recomendaciones sobre la posibilidad de enmiendas o el establecimiento de un nuevo reglamento de pensiones alimentarias.
“Nuestra oposición al proyecto no es una caprichosa ni arbitraria, está basada en que al momento de trastocar de manera significativa el establecimiento de pensiones alimentarias, debe hacerse basado en estudios que hayan evaluado todas las posibles situaciones y nos provean alternativas científicamente probadas para el beneficio de los menores, por quien venimos obligados a velar”, indicó.
Tribunales realiza comentarios y observaciones
Por su parte, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), se abstuvo de realizar comentarios respecto a los méritos de la propuesta legislativa. Sin embargo, en aras de contribuir con el proceso legislativo, mencionaron múltiples observaciones.
La licenciada Mónica Hernández destacó que la Ley actual de ASUME provee que el juez determine que la aplicación de las guías resulta en la imposición de una pensión injusta o inadecuada.
Explicó que como requisito para la determinación de desviarse del monto calculado bajo las Guías, el juzgador debe determinar que en los hechos particulares del caso existen circunstancias extraordinarias que ameritan la no aplicación de las guías, ya que su aplicación resultará en una pensión alimentaria injusta o inadecuada.
“Al establecer que en ningún caso la pensión puede ser mayor al 40 por ciento del ingreso neto del alimentante, la medida parece eliminar el grado de discreción que tiene el juzgador para que, en los casos que existan causas excepcionales, pueda establecerse una pensión que menoscabe ese tope porcentual conforme a las necesidades y al bienestar del menor”, destacó la licenciada de la OAT, Daniela Muñiz.
Según la ponencia de la OAT, el lenguaje que propone la legislación limitaría la discreción necesaria para que el juzgador “pueda cerciorarse de que conceder ese tope porcentual en un caso, con sus hechos particulares, no resultaría en menoscabo del mejor bienestar del menor de edad que se beneficia de la pensión alimentaria”.