Se trata del Proyecto de la Cámara 2106 de la autoría de la representante Jocelyne M. Rodríguez Negrón.
La Cámara de Representantes a raíz de los últimos feminicidios ocurridos en Puerto Rico en los pasadas semanas y cumpliendo responsablemente con su deber de legislar, proteger y salvaguardar la seguridad de sus ciudadanos, aprobó el Proyecto de la Cámara 2106 a los fines de establecer que se excluya a los convictos por agresión sexual o pornografía infantil para la consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra y del Artículo 308 del Código Penal.
‘’A través de los años, nuestro país ha sufrido un incremento en los casos de maltrato a la mujer. Entre ellos se encuentran los casos de agresión sexual e incesto que provocan secuelas permanentes en la vida de las víctimas. Los números son alarmantes y cada día son más las personas que sufren esta situación’’, expresó la representante y autora de la medida, Jocelyne M. Rodríguez Negrón.
‘’En imperativo, poder atemperar esta Ley a los tiempos que vivimos, donde los casos de esta índole cada día son más notorios y a su vez, atroces. Las víctimas, viven toda la vida con miedo y angustia de revivir la situación que de una forma u otra les cambió la vida para siempre. Además, estas personas se enfrentan a la realidad de las lagunas que existen en las leyes y crean ambigüedad en ciertos casos, como el aquí planteado’’, agregó la Presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer.
La Junta de Libertad Bajo Palabra, adscrita al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), está compuesta por un presidente, quien dirigirá la Junta en sus funciones cuasi judiciales, y cuatro miembros asociados nombrados por el Gobernador, con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico.
El proyecto se aprobó con 47 votos a favor, cero en contra y cero abstenido.