La medida fue aprobada con 26 votos a favor
A solo días del cierre de la sesión ordinaria, la Cámara de Representantes dio paso una medida que busca eliminar el impuesto del inventario.
El Proyecto de la Cámara 1798, de la autoría del presidente cameral, Rafael Hernández Montañez, tiene como fin enmendar la “Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad de 1991” con el propósito de fijar una metodología temporera de tributación de la contribución sobre el renglón de inventario, por lo que busca fijar por los próximos seis años la responsabilidad contributiva según el inventario. Al cabo de este lapso de tiempo, el impuesto al inventario se eliminaría.
De igual forma, el estatuto incluye un periodo de congelamiento por cinco años, cálculos distintos para negocios existentes y negocios nuevos, y propone la creación de un grupo de siete personas con un plazo fijo para proveer recomendaciones dirigidas a una reforma permanente.
También, la medida busca otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) la facultad de requerir al Departamento de Haciendo aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del CRIM, a los fines de buscar un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario.
Una enmienda aprobada en el pleno cameral es que “durante este período de seis años, el CRIM podrá llevar a cabo un análisis más amplio del futuro del impuesto al inventario. Es por esto que se está recomendando que se fije, para los años naturales 2023 al 2028, con fechas de valoración al 1 de enero de 2024, 1 de enero de 2025, 1 de enero de 2026, 1 de enero de 2027, 1 de enero de 2028 y 1 de enero de 2029, correspondientes para cada uno de estos años naturales, la imposición contributiva sobre el valor del inventario, a base del valor del inventario promedio anual tributado en la planilla de contribución de bienes muebles radicada el 15 de mayo de 2023, y de la tasa contributiva vigente para el año fiscal 2023-2024, según publicada por el CRIM”.
Del mismo modo, la medida propone que al reestructurarse el modelo actual del impuesto al inventario, los municipios podrían obtener acceso a $66 millones, provenientes del Fondo de Consolidación Municipal, para financiar la operación de los ayuntamientos. Los municipios podrán utilizar el dinero para servicios de seguridad y protección a través de la Policía Municipal; financiar la estructura de manejo de emergencias y administración de desastres; entrega de medicamentos y distribución de alimentos no perecederos para envejecientes; y hasta pavimentar calles.
Dan paso a medidas dirigidas a los productores de espectáculos en Puerto Rico
De igual forma, se le dio paso al Proyecto de la Cámara 1917, de la autoría de la representante Lisie Burgos Muñiz, para crear la “Ley para Establecer las Clasificaciones de los Eventos, Espectáculos y Actividades Artísticas” con el fin de disponer que todo productor, promotor, establecimiento y/u organizador de un evento, espectáculo y/o actividad artística deberá establecer una clasificación para la admisión y/o restricción por edad de las personas que asistirán al evento, espectáculo y/o actividad artística, disponer la multa administrativa por cada infracción.
“Si ya existen regulaciones por edad para el contenido de las películas, la televisión y la radio, debemos extender estas regulaciones al ámbito artístico, pues, nuestros menores y adolescentes pueden encontrarse en eventos, espectáculos y actividades artísticas que hieran sus sensibilidades. Esto sin contar que tenemos legislación que ya protege a los menores en cuanto a la exposición de conducta obscena y que, se cataloga como un delito”, dijo Burgos Muñiz.
“Esta Asamblea Legislativa tiene el deber ministerial de salvaguardar la inocencia, seguridad y bienestar óptimo de una población sumamente vulnerable. Así, colocando rótulos y avisos en promociones de actividades, nos cercioramos de que los padres y madres estén informados sobre a qué se expondrán sus hijos si acudiesen a un evento artístico”, agregó la legisladora de Proyecto Dignidad.
Del mismo modo, se aprobó el Proyecto de la Cámara 1934, de la autoría del presidente cameral Hernández Montañez, que enmienda la Ley 113-2005, conocida como ‘’Ley del Colegio de Productores de Espectáculos Públicos de Puerto Rico’’ con el fin de disponer que la Oficina del Contralor establezca a su discreción la frecuencia de las auditorías de las cuentas y registros del Colegio de Productores de Espectáculos de Puerto Rico.
“El objetivo principal de la medida es permitir que la Oficina del Contralor pueda planificar auditorías basadas en normas operacionales y estratégicas actualizadas, que a nuestro juicio es más apropiado que permitir que el criterio sea la frecuencia estática requerida por ley. Cuando se trabaja con un Plan Estratégico de Auditorías a tres años, el cual se revisa anualmente, se toman en consideración varios criterios, entre otros: el tiempo que lleva la unidad sin auditarse, la cantidad del presupuesto asignado a la entidad, los asuntos que se puedan estar discutiendo en la prensa y las querellas recibidas’’, expresó Hernández Montañez.
Aprueban medida para fiscalizar los exámenes teóricos y prácticos
Por otro lado, la Cámara baja avaló el Proyecto de la Cámara 1872, de la autoría del líder cameral Hernández Montañez y de la representante Gretchen Hau, para otorgarle al Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP) la autoridad para fiscalizar los exámenes teóricos y prácticas, así como a los examinadores que emiten las licencias de transporte.
“Los gremios de camioneros y las escuelas de conducir han reclamado la escasez de examinadores, pues muchos de ellos se han retirado o fallecido y no se ha realizado “un reclutamiento adecuado” debido a que el adiestramiento requerido solo se ofrece en los Estados Unidos”, resalta la medida.